
Daniel Sancho no será extraditado a España por el crimen que cometió en Tailandia. Así lo ha sentenciado la Fiscalía Provincial de Madrid que se ha negado a solicitar al país asiático el traslado del español para que respondiera por un delito de lesiones por el que está pendiente de juicio.
La defensa de Sancho presentó un escrito al juzgado el pasado 8 de septiembre para pedir la extradición y entrega a las autoridades españoles con el fin de que respondiese por un delito de lesiones en relación a una agresión que se produjo en noviembre de 2019 en la calle José Abascal en Madrid.
El fiscal solicitaba al juez instructor que procediera a la apertura de juicio oral, un trámite que ya se produjo por auto en noviembre de 2021. El procedimiento está pendiente de señalamiento para su enjuiciamiento. Según el escrito, el hijo de Rodolfo Sancho sobre las cuatro horas de la madrugada del día 9 de noviembre de 2019 se encontraba en las proximidades de la calle José Abascal en Madrid, cuando «en un momento determinado procedió a introducirse en un vehículo taxi que allí se encontraba, sin respetar la cola que se había formado para utilizar el servicio público».
Rotura de un diente
En ese momento, fue recriminado por J.C. Tras ello, «el acusado, con ánimo de herir, procedió a darle un puñetazo en la cabeza ocasionándole lesiones que tardaron en curar doce días». Al herido, le quedó un perjuicio estético debido a la rotura del diente incisivo superior derecho.
El fiscal califica los hechos de un delito de lesiones previsto y penado en el artículo 147.1 del Código Penal. El acusado es responsable del mencionado delito en concepto de autor conforme a los artículos 27 y 28.1 del código penal.
Ell fiscal se opone a la extradición porque existen medidas «alternativas» que permitirían la celebración del juicio y explica, además, que «no consta» que la estancia del acusado en Tailandia busque sustraerse de la Justicia española porque «siempre ha estado a disposición del Juzgado en todos los emplazamientos recibidos».
Por su parte, la Fiscalía recuerda que en el procedimiento abierto en España no se ha dictado auto motivado de prisión en ninguna fase procesal, «ni cabe en el momento actual solicitarlo».